PRESENCIA CONTINUA
Debe haber vivido exclusivamente en los Estados Unidos durante los últimos 10 años. Si salió del país, sólo podría haber sido una vez por menos de 90 días, o varias veces sin exceder un total acumulado de menos de 180 días.
BUEN CARACTER MORAL
Debe tener un historial penal inexistente o muy limitado. Debe ser voluntario, ir a la iglesia, ayudar a su familia, pagar impuestos, y hacer otras cosas que lo hagan un buen miembro de la comunidad.
RELACIÓN DE CALIFICACIÓN
Debe tener un cónyuge, padre o hijo/a que sea ciudadano/a de los Estados Unidos o residente legal permanente. Esta persona debe ser su miembro familiar calificado y será la base sobre la cual construirá su caso.
DIFICULTADES INSÓLITAS
Debe ser capaz de demostrar que, si usted saliera de los Estados Unidos, su miembro familiar calificado sufrirá "dificultades excepcionales y extremadamente inusuales". Se trata de una norma legal que significa más que extrañarse.
Obtenga un permiso de trabajo y licencia de conducir
Mientras su caso está siendo procesado, será elegible para estos beneficios, más aparte un número de seguro social. Si gana, obtendrá una tarjeta verde.
¿Qué pasa si no soy elegible?
Si usted no cumple con los requisitos para la cancelación de deportación, tenga cuidado con las personas que solo quieren cobrar para iniciar un caso.
Varios estafadores aprovechan de los inmigrantes
haciendo promesas falsas a cambio de grandes costos.
No haga caso a las mentiras. Nosotros decimos la verdad, aunque sea desagradable. Y le ayudamos a identificar todas las opciones que pueda tener.
Obtenga consideración especial
Podemos pedir que inmigración utilice la discreción judicial para terminar o cerrar sus procedimientos de deportación.
¿QUÉ ES LA DISCRECIÓN JUDICIAL?
Cuando pedimos al DHS o a la corte inmigratoria que utilicen la discreción judicial para usted, pedimos que cierren su caso de deportación. Si hacen eso, deportarlo ya no es prioridad para ellos.
¿POR QUÉ ELIGIRÍAN NO DEPORTARME?
El gobierno solamente tiene cierto número de empleados y recursos. Por eso, quieren enfocarse en la deportación de criminales y usualmente quieren mantener a las familias juntas. Si usted presenta un caso convincente que está de acuerdo con los valores del gobierno, es posible que lo perdonen a usted para que puedan enfocarse en otros casos más importantes.
¿QUIÉN CUMPLE LOS REQUISITOS?
Usted puede cumplir estos requisitos si puede mostrar que su historial criminal es bajo o inexistente, probar que ha demostrado buen carácter moral (tal como lo es haber pagado impuestos y haber contribuido positivamente a su comunidad), mostrar pruebas existencia de familiares que cumplen los requisitos y, para ciertas personas, mostrar que es elegible para un beneficio migratorio por una aplicación pendiente con USCIS como el I-130 o la Visa U.
¿QUÉ MAS CONSIDERAN?
La autoridad migratoria considera su historial inmigratorio, su empleo, su experiencia militar, su educación, sus vínculos a los EE.UU., la situación familiar, las condiciones en su país de origen, su edad, su salud y más. Evaluamos todos estos factores cuando preparamos una solicitud, pero la autoridad migratoria tiene la última palabra.
¿RECIBIRÉ LA RESIDENCIA?
No. Si el gobierno utilice la discreción judicial, su caso de deportación todavía se considera pendiente. Aunque ya no tenga una audiencia agendada, tal vez tenga que reportarse de vez en cuando a una oficina local de inmigración. Recibir la discreción judicial no lo hace elegible para obtener estatus legal, ni para obtener permiso de trabajo.
Si es elegible para recibir el permiso de trabajo o la residencia por otra aplicación, tendrá que entregar esa aplicación al USCIS por separado. Si puede aplicar para recibir la residencia, tendrá que solicitar ante la Corte de Migración, que su caso de deportación sea terminado completamente para que no exista ningún caso pendiente.
Salida Voluntaria
Si está en procedimiento de deportación, pero no pueden iniciar o tiene pocas probabilidades de ganar un caso de deportación, la salida voluntaria podría ser su mejor opción.
Beneficios incluyen:
2 a 4 meses más tiempo para poner sus asuntos en orden antes de tener que salir del país
Ninguna orden de deportación en su registro
Ninguna prohibición obligatoria de entrada a los EE.UU. legalmente en el futuro
Reciba la ayuda que necesita
Ya sea que haya sido arrestado o simplemente quiere tener un plan para estar preparado, contáctenos para consultar con un abogado. Le ayudaremos descubrir si es elegible para la cancelación de deportación o para otros beneficios migratorios. Además, le mostraremos lo que usted puede hacer para prepararse.